Servicios / Prevención del blanqueo de capitales

Prevención del blanqueo de capitales para sujetos obligados

Conocer a tu cliente no es pedirle el DNI.

Cuéntanos qué está pasando
01Cuándo te hace falta

Cuándo te hace falta

  • No sabes si eres sujeto obligado
  • Llega un requerimiento o una inspección
  • Entras en una operación o un sector con más riesgo
02Qué hacemos

Qué hacemos

  1. 01

    Análisis

    • Análisis de riesgo
    • Diligencia debida de clientes y socios
  2. 02

    Documentación

    • Manual y procedimientos de prevención
  3. 03

    Equipo

    • Formación
  4. 04

    Control

    • Control y trazabilidad
    • Revisión periódica
03Cómo lo hacemos

Cómo lo hacemos

  1. 01

    Diagnóstico

    Sabes si eres sujeto obligado y cuánto riesgo tienen tus clientes, productos y operaciones.

  2. 02

    Diseño

    Tienes un manual y unos procedimientos ajustados a ese riesgo, no a una plantilla.

  3. 03

    Implantación

    Quien trata con clientes sabe qué revisar y cuándo comunicar.

  4. 04

    Seguimiento

    Cada operación deja rastro y el sistema se actualiza cuando cambia tu riesgo.

04Quién lo lleva

Quién lo lleva

Fernando Osuna Martínez-Boné

Abogado. Colegiado 15.115 del ICAS

Ver ficha →

Laura Gómez Herrainz

Abogada. Colegiada 16.783 del ICAS

Ver ficha →
05Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Somos sujetos obligados por la Ley 10/2010?

Depende de tu actividad. La Ley 10/2010 incluye, entre otros, a entidades financieras, promotores e intermediarios inmobiliarios, auditores, contables externos y asesores fiscales, notarios, abogados cuando intervienen en determinadas operaciones y comerciantes que cobran o pagan en efectivo más de 10.000 €. Lo comprobamos contigo.

¿Qué es la diligencia debida?

[VALIDAR] Es identificar a tus clientes y socios y entender con quién operas y por qué. Su intensidad depende del riesgo de cada relación.

¿Qué debe incluir el manual de prevención?

[VALIDAR] Las políticas y procedimientos de control interno de tu empresa: cómo se analiza el riesgo, cómo se identifica a los clientes y cómo se comunican las operaciones sospechosas. Tiene que reflejar cómo trabajas de verdad.

¿Qué pasa si recibimos un requerimiento del SEPBLAC?

[VALIDAR] Hay que responder en plazo y con documentación que demuestre que el sistema funciona. Preparas la respuesta con nosotros y corriges lo que falle.

¿La formación es obligatoria?

[VALIDAR] Sí. Los sujetos obligados deben formar a su personal en prevención del blanqueo. Tiene que ser útil para el trabajo diario de cada persona.

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